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Facturae, Verifactu y factura electrónica B2B: diferencias

Respuesta corta: Facturae, Verifactu y la factura electrónica B2B no son tres versiones de lo mismo. Facturae es un formato de archivo (un XML firmado) y es obligatorio al facturar a las administraciones públicas por FACe. Verifactu son reglas para el software de facturación (registros inalterables y código QR), no un formato de factura. La factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece es una obligación: enviar facturas estructuradas a otras empresas, y Facturae es solo uno de los cuatro formatos que permite. Un pequeño vendedor online necesita, casi siempre, un software adaptado a Verifactu y, más tarde, poder emitir facturas estructuradas a sus clientes empresa; Facturae solo si vende al sector público.

Esta guía te ayuda a ordenar los conceptos. Las fechas completas y las sanciones están en Facturación electrónica en España: Verifactu y fechas B2B; aquí las resumimos y nos centramos en qué es cada cosa.

FacturaeVerifactuFactura electrónica B2BSIITicketBAI
Qué esFormato XML de factura electrónicaRequisitos del software de facturaciónObligación de emitir y recibir facturas estructuradas entre empresasEnvío casi inmediato de los libros registro de IVASoftware de facturación del País Vasco
A quién afectaQuien factura a administraciones públicas (FACe). Opcional en B2BEmpresas y autónomos establecidos en España que facturan con programa, fuera del SII y de País Vasco y NavarraEmpresarios y profesionales que facturan a clientes empresariales en EspañaEmpresas con más de 6.010.121,04 € de volumen de operaciones, REDEME y grupos de IVA. Voluntario para el restoContribuyentes con domicilio fiscal en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa
Desde cuándo15 de enero de 2015 (sector público)1 de enero de 2027 sociedades y 1 de julio de 2027 autónomos (ley actual; aplazamiento a octubre de 2028 anunciado, no aprobado)6 de octubre de 2027 (más de 8 M€) o 6 de octubre de 2028 (resto)En vigor desde 2017En vigor
FormatoXML Facturae 3.2.x con firma XAdESNo define formato: registro de facturación con huella y QREN 16931 en CII, UBL, EDIFACT o Facturae. UBL en la solución públicaRegistros de IVA enviados por servicio webArchivo XML firmado y QR
Lo regulaLey 25/2013 y facturae.gob.esReal Decreto 1007/2023Ley 18/2022 y Real Decreto 238/2026Reglamento del IVANormas forales

Una idea para no perderte: Facturae responde a cómo se escribe la factura, Verifactu a con qué programa se crea y la obligación B2B a cómo y cuándo se la envías a tu cliente empresa. Son capas distintas y se combinan.

Facturae es el formato español de factura electrónica estructurada. Es un archivo XML cuyos campos (emisor, receptor, líneas, bases, tipos de IVA, vencimientos) están definidos por un esquema oficial publicado en facturae.gob.es.

  • Versiones. El portal oficial publica los esquemas de las versiones 3.2, 3.2.1 y 3.2.2, y presenta la 3.2.2 como la última. Esta añade, por ejemplo, campos para facturas con cesión de crédito (factoring), pagos en especie o referencias del contrato del receptor. Las versiones 3.0 y 3.1 están archivadas como anteriores. La normativa habla en general de «Facturae 3.2.x».
  • Firma electrónica. La factura debe ir firmada con una firma electrónica XAdES. La política de firma está publicada en el mismo portal, en la sección de políticas de firma electrónica.
  • Herramientas oficiales. El portal ofrece una aplicación de escritorio gratuita de gestión de facturación electrónica, pensada para pymes, con la que generar y firmar facturas Facturae. Es lo que muchos buscan como «facturae online»: en realidad es un programa que te descargas, no una web donde emitir.
  • Versión y compatibilidad. Si tu cliente es una administración, comprueba qué versión acepta; la 3.2.2 es la que se suele pedir hoy.

Desde el 15 de enero de 2015, las facturas a las administraciones públicas españolas se presentan en formato Facturae firmado a través de FACe, el punto general de entrada de facturas electrónicas del sector público. Cada factura se dirige a los órganos concretos de la administración destinataria, que te los facilita (son códigos DIR3). Algunas administraciones eximen las facturas de hasta 5.000 €: consulta siempre con el organismo.

Si buscas «FACe Facturae», esto es lo que significa: FACe es el buzón, Facturae es el formato de lo que metes dentro.

El Real Decreto 238/2026 exige que toda factura electrónica entre empresarios y profesionales sea un mensaje estructurado ajustado al modelo de datos europeo EN 16931, en una de estas sintaxis:

  1. CII (Cross Industry Invoice)
  2. UBL, con las adaptaciones necesarias para la factura entre empresas
  3. EDIFACT
  4. Facturae

Dos matices que evitan malentendidos:

  • La solución pública de la Agencia Tributaria usa UBL. Quien emita a través de ella debe usar esa sintaxis. Si usas una plataforma privada, esta debe poder convertir entre todos los formatos admitidos y enviar a la solución pública una copia fiel de cada factura en UBL. Las facturas con formato Peppol BIS (que se basa en UBL) también se consideran válidas en plataformas privadas.
  • Si el emisor y el receptor no acuerdan otro formato, manda el de la solución pública. Facturae sigue siendo válido, pero ni es el único ni es el predeterminado.

En la práctica, pues, un negocio que hoy factura en Facturae no tiene por qué cambiar de formato, y uno que no lo usa no tiene por qué empezar.

Qué es Verifactu (y por qué no es un formato)

Sección titulada «Qué es Verifactu (y por qué no es un formato)»

Verifactu (VERI*FACTU) es el nombre del sistema que nace del Real Decreto 1007/2023, el reglamento de los sistemas informáticos de facturación. No dice cómo debe ser el archivo de tu factura: dice cómo debe comportarse el programa que la crea.

  • Cada factura o ticket genera un registro de facturación encadenado al anterior con una huella (hash), de modo que no se puede alterar sin dejar rastro.
  • Cada factura lleva un código QR para que el cliente la compruebe con la Agencia Tributaria.
  • En la modalidad VERI*FACTU, el programa envía los registros a la AEAT a medida que facturas. En la otra modalidad, los conservas firmados y los entregas si te lo piden.

Por eso Verifactu y Facturae no compiten. Puedes emitir una factura en PDF con un programa adaptado a Verifactu, o una factura Facturae con un programa que no lo esté. Y, a la inversa, una factura Facturae a un ayuntamiento hecha con un programa adaptado cumple las dos cosas. Verifactu cubre también los tickets a consumidores; la obligación B2B y Facturae no.

Las fechas de Verifactu (1 de enero y 1 de julio de 2027 con la ley actual, y el aplazamiento a octubre de 2028 que Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 pero que todavía no es ley) están detalladas en la guía de facturación electrónica en España.

La factura electrónica B2B: la Ley Crea y Crece

Sección titulada «La factura electrónica B2B: la Ley Crea y Crece»

La Ley 18/2022, la Ley Crea y Crece, obliga a empresarios y profesionales a emitir, enviar y recibir facturas electrónicas en sus relaciones entre sí. El Real Decreto 238/2026 la desarrolla y la Orden HAC/1028/2026 regula la solución pública de la Agencia Tributaria, que es gratuita.

QuiénFecha de la obligación
Empresas con un volumen de operaciones superior a 8 millones de euros6 de octubre de 2027
Resto de empresas y autónomos6 de octubre de 2028

Esto es una obligación de canal y de formato: la factura debe viajar estructurada, por la solución pública o por una plataforma privada, y el comprador debe comunicar su aceptación o rechazo y el pago. Excluye los tickets (facturas simplificadas) a consumidores. Los detalles, las excepciones y las sanciones están en la guía principal.

  • SII (Suministro Inmediato de Información). No es un formato de factura ni un programa de facturación: es la obligación de enviar a la AEAT los libros registro de IVA en un plazo de cuatro días hábiles. Es obligatorio por encima de 6.010.121,04 € de volumen de operaciones y para otros colectivos, y voluntario para el resto. Verifactu vs SII: son excluyentes. Si estás en el SII, no aplicas Verifactu; pero el SII no te libra de la factura electrónica B2B.
  • TicketBAI. Es el equivalente de Verifactu en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa: software de facturación que firma cada factura y genera un QR, con su propia normativa foral. En Navarra, a octubre de 2026, no hay un sistema equivalente con fechas publicadas.
  1. ¿Facturas con un programa o con una plataforma de ecommerce y estás en España? Necesitas software adaptado a Verifactu (con la ley actual, el 1 de enero de 2027 si eres sociedad y el 1 de julio de 2027 si eres autónomo), salvo que estés en el SII o tengas domicilio fiscal en el País Vasco o Navarra.
  2. ¿Vendes a empresas españolas? Necesitarás emitir facturas estructuradas antes del 6 de octubre de 2028 (o de 2027 si superas los 8 millones de euros). El formato lo decide tu canal: UBL en la solución pública, o el que acuerdes con tu cliente en una plataforma privada.
  3. ¿Vendes a administraciones públicas? Facturae firmado y FACe, desde ya.
  4. ¿Vendes solo a consumidores? Solo Verifactu. No hay obligación B2B ni Facturae.
  5. ¿Eres una empresa extranjera sin establecimiento en España? En general, nada de lo anterior. Consulta la sección de no residentes de la guía principal.

Ejemplo práctico: una tienda online de cosmética natural

Sección titulada «Ejemplo práctico: una tienda online de cosmética natural»

Botánica Norte SL, de Zaragoza, tiene un volumen de operaciones de 900.000 € y no está en el SII. Vende a consumidores en su web, a un par de herbolarios y, de vez en cuando, a un ayuntamiento que compra regalos corporativos.

  • Ticket a un consumidor: un sérum de 24,20 € con el 21 % de IVA incluido (20,00 € más 4,20 € de IVA). Debe salir de un programa adaptado a Verifactu, con QR. No lleva factura electrónica B2B ni Facturae.
  • Factura a un herbolario de Valencia: 2.000,00 € de base más 420,00 € de IVA al 21 %, total 2.420,00 €. Verifactu cubre el programa que la emite. Desde el 6 de octubre de 2028 tendrá que enviarla como factura electrónica estructurada (por ejemplo, UBL por la solución pública). Podría haber elegido Facturae si su cliente lo acepta, pero no hace falta.
  • Factura al ayuntamiento: 1.000,00 € de base más 210,00 € de IVA, total 1.210,00 €. Hoy se emite ya en Facturae 3.2.x con firma XAdES y se presenta por FACe. Sigue siendo así tras 2028.

Tres facturas, tres canales, y en las tres el programa de facturación debe cumplir Verifactu. Por eso se confunden tanto.

GoodVat E-invoicing emite facturas electrónicas estructuradas conforme a la norma europea EN 16931 y mantiene los registros de facturación conforme a las reglas de Verifactu, con envío al SII para las empresas que lo presentan.

  • Facturas y abonos con la numeración, los datos fiscales y los textos que exige cada país, también España
  • Registros conformes a Verifactu
  • Facturación estructurada EN 16931 donde un país la exige
  • IVA y declaraciones a partir de los mismos registros, con GoodVat Global Tax Compliance

Si quieres ver el caso de Stripe, WooCommerce y Shopify en detalle, mira Verifactu API para Stripe, WooCommerce y Shopify.

Facturae es el formato XML oficial español de factura electrónica, con firma electrónica XAdES. Las versiones publicadas en facturae.gob.es son la 3.2, la 3.2.1 y la 3.2.2, y la 3.2.2 es la más reciente. Es el formato con el que se factura a las administraciones públicas a través de FACe desde 2015. Con el Real Decreto 238/2026 también es una de las cuatro sintaxis permitidas para la factura electrónica entre empresas.

No. Facturae es un formato de archivo: define cómo se escribe una factura en XML. Verifactu no es un formato de factura: son requisitos que debe cumplir el software que genera tus facturas (registros encadenados, código QR y, de forma opcional, envío a la Agencia Tributaria). Una misma factura puede estar en formato Facturae y haberse emitido con un programa adaptado a Verifactu.

¿Tengo que usar Facturae para la factura electrónica B2B?

Sección titulada «¿Tengo que usar Facturae para la factura electrónica B2B?»

No. El Real Decreto 238/2026 permite cuatro sintaxis, todas basadas en la norma europea EN 16931: CII, UBL, EDIFACT y Facturae. Si usas la solución pública de la Agencia Tributaria, la sintaxis es UBL. Facturae solo es obligatorio cuando facturas a una administración pública a través de FACe.

No, son sistemas excluyentes. El SII es el envío casi inmediato de los libros registro de IVA, obligatorio para las empresas con un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € y otras categorías. Quien está en el SII no tiene que cumplir Verifactu. Verifactu está pensado para el resto de empresas y autónomos que facturan con un programa.

¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica entre empresas?

Sección titulada «¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica entre empresas?»

El 6 de octubre de 2027 para las empresas con un volumen de operaciones superior a 8 millones de euros y el 6 de octubre de 2028 para el resto de empresas y autónomos, según el Real Decreto 238/2026 y la Orden HAC/1028/2026. Verifactu tiene sus propias fechas: con la ley actual, el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos, con un aplazamiento a octubre de 2028 anunciado pero todavía no aprobado.

¿Qué necesita un autónomo que vende online?

Sección titulada «¿Qué necesita un autónomo que vende online?»

Un programa de facturación adaptado a Verifactu (con la ley actual, antes del 1 de julio de 2027) y, para sus clientes empresariales, poder emitir facturas electrónicas estructuradas antes del 6 de octubre de 2028. Facturae solo le hace falta si factura a administraciones públicas. Los tickets a consumidores quedan fuera de la obligación B2B, pero dentro de Verifactu.

¿Dónde puedo crear una factura Facturae online?

Sección titulada «¿Dónde puedo crear una factura Facturae online?»

El portal oficial facturae.gob.es ofrece una aplicación de escritorio gratuita para generar facturas Facturae, y FACe es el punto donde se presentan las facturas a las administraciones públicas. Para facturar muchas veces al año es más práctico un programa de facturación que genere y firme el XML por ti.